¿Están todos los alquileres de casas cubiertos por la misma ley de Iowa?
No. La mayoría de alquileres normales están cubiertos por la Ley de Propietarios/Inquilinos Residenciales en el Capítulo 562A del Código de Iowa. Hay unas pocas situaciones que no están cubiertas por esta ley, pero pueden estar cubiertas por otras leyes:
- Viviendas de transición administradas por una organización sin fines de lucro (es posible que se aplique el Capítulo 648 del Código de Iowa y las leyes federales)
- Alquilar una parcela de casas móviles o un espacio en un parque de casas móviles. (Se aplica el Capítulo 562B del Código de Iowa)
- Vivir en una institución como una residencia de ancianos o una residencia universitaria
- Vivir en lugar que usted está comprando
- Estancia corta en un hotel o motel. (Si usted se queda allí como su residencia principal, es probable que se aplique el Capítulo 562A del Código de Iowa)
- Vivir en una propiedad proporcionada por su empleador
- Vivir en una propiedad usada para propósitos agrícolas
Si usted está en uno de estos alquileres, usted debería contactar con un abogado para asesoramiento.
Un propietario me puede desalojar por…
La mayoría de los desalojos pasan por una de estas razones: usted rompió (o “violó”) el contrato de alquiler, usted o un invitado hizo algo peligroso o ilegal en la propiedad (un “peligro claro e inminente”), o usted se quedó en la vivienda alquilada después que el contrato de alquiler se terminó. Para más información de diferentes notificaciones de sus propietarios, vea aquí.
¿Me pueden desalojar por llamar a la policía?
No. Hay una ley que dice a los propietarios que no pueden desalojar a un inquilino por llamar a la policía para pedir ayuda. Un propietario no puede desalojar o penalizar a un inquilino por pedir ayuda. Una ciudad tampoco puede decir a un propietario que desaloje a un inquilino porque el inquilino pidió razonablemente la ayuda de la policía. Un inquilino no debe ser castigado por pedir ayuda por las siguientes razones:
- La persona que llama es víctima de un crimen,
- La persona que llama es víctima de abuso doméstico,
- La persona que llama está teniendo una emergencia médica.
- La persona llama de parte de alguien en necesidad.
¿Tengo que irme en 3 días?
No. Los propietarios generalmente deben darle a usted una notificación por escrito antes de poder presentar un caso de desalojo. La notificación le dará a usted un cierto número de días (como 3, 7 ó 30) para, o bien hacer algo (como pagar el alquiler o arreglar un problema), o bien mudarse. Algunas notificaciones no le dicen a usted que haga nada, sino solamente que se mude. Si usted no se ha mudado después de que los días hayan pasado, el propietario tiene que presentar un caso de desalojo en un tribunal (llamado en Iowa “entrada por la fuerza y detención”). Usted va a recibir una notificación con una fecha de una audiencia en la que un juez revisará la situación y decidirá si lo desalojan a usted o no.
¿Hay leyes del COVID para protegerme del desalojo?
Si, la Ley CARES obliga a que los propietarios que operan propiedades con una conexión federal le den a usted una notificación de 30 días. Usted debe hablar con un abogado sobre si esto se aplica a su alquiler.
¿Qué pasa si no voy al tribunal?
Es probable que a usted le desalojen si usted no va a su audiencia de desalojo en el tribunal. Es posible que el alguacil venga al día siguiente para asegurarse de que usted esté fuera.
¿Me pueden desalojar en invierno?
Sí. No hay una ley que evite los desalojos por el clima.
¿Puede mi propietario echarme él mismo?
No, un propietario debe obtener una orden judicial para hacer que usted se mude. El propietario tampoco puede apagar sus servicios públicos ni deshacerse de sus pertenencias hasta que él tenga una orden judicial. Cuando el propietario tenga una orden judicial que diga que usted está “desalojado”, un ayudante del alguacil vendrá y se asegurará de que usted ha salido. Es posible que algunos alguaciles, pero no todos, dejen una nota diciéndole a usted cuándo vendrán.
Necesito ayuda para pagar la renta.
Nosotros no tenemos ayuda financiera. Usted debe contactar con la oficina de Asistencia General de su condado, con el Programa de Acción Comunitaria y llamar al 211 para encontrar recursos.
Mi propietario no arregla las cosas; ¿qué hago?
Vea aquí sus opciones.
¿Puede mi propietario aumentar mi renta?
Sí, al final de su contrato de alquiler. Algunos contratos de alquiler son por 6 meses o 12 meses. Otros son de mes a mes. Si usted tiene un contrato de alquiler de mes a mes, los propietarios deben darle una notificación por escrito de 30 días para avisarle que ellos van a aumentar su renta.
¿Puede mi propietario entrar en mi vivienda sin notificación previa?
Usualmente, no. Un propietario debe darle a usted 24 horas de notificación antes de entrar en su vivienda. Si hay una emergencia, un propietario puede entrar sin notificación.
¿Puedo liberarme de mi contrato de alquiler antes de tiempo?
Solo algunas veces. Si su propietario está rompiendo el contrato de alquiler, usted debe hablar con un abogado sobre sus opciones. Si su propietario no está arreglando los problemas en su vivienda, vea aquí. Si usted termina su contrato de alquiler antes de tiempo, es posible que usted sea responsable de una parte o la totalidad de la renta durante el resto del plazo.
¿Puede mi arrendador quedarse con mi depósito?
Sí, a veces. Para recuperar su depósito después de mudarse, usted tiene que darle al propietario su nueva dirección. El propietario tiene 30 días para devolverle el depósito o decirle por qué no se lo devuelve. El propietario puede quedarse con su depósito si usted debe dinero o causó daños a la propiedad. Si el propietario no le dice por qué se queda con el depósito dentro de los siguientes 30 días, él no puede quedarse con nada, pero aún puede demandarle a usted por cualquier dinero que el propietario crea que usted le debe a él.
¿Cómo denuncio que mi propietario me está discriminando?
Los propietarios no pueden discriminar por razones de raza, color, credo, sexo, orientación sexual, identidad de género, religión, origen nacional, discapacidad o contra una persona porque tiene hijos. Si esto sucede, usted puede llamar a un abogado o presentar una queja a la Comisión de Derechos Civiles de Iowa. Además, vea este artículo: “¿Qué es la discriminación en la vivienda?”
¿Puedo eliminar un desalojo de mis antecedentes?
No. La ley de Iowa solo permite la eliminación de casos penales cuando usted fue absuelto o si se desestimaron los cargos por delitos menores. Para obtener información sobre cómo gestionar desalojos en su pasado, consulte aquí.